Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 061/00
Fecha: 30-Ago-2000
III.7.
III.7. Explica que la empresa recurrente es la única de más de cincuenta empresas existentes en su jurisdicción municipal que trata de eludir por diferentes medios el cumplimiento de la mencionada Ordenanza, no habiendo interpuesto en su oportunidad el Recurso contra Resoluciones Congresales o Camarales, sino que más bien se dedicó a interponer Recursos extemporáneos.
- I.1.
- I.2.
- I.3.
- I.4.
- I.5.
- I.6.
- I.7.
- I.8.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- IV.1.
- IV.2.
- IV.3.
- ha venido y vienen cobrando desde varias gestiones atrás
- no existe una estructura de costos que se constituya en una base técnica
- “compatibilizando la
- IV.4.
- IV.5.
- que no
- basada en un dictamen técnico
- Aplicabilidad