Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 061/00
Fecha: 30-Ago-2000
IV.1.
IV.1. Que a fs 20 el Honorable Concejo Municipal de la Provincia de Warnes dicta la Ordenanza Municipal N° 10/98 de 25 de agosto de 1998 en la que fija en diez por ciento la tasa por servicio de Alumbrado Público sobre el valor del consumo de energía para todas las personas naturales o jurídicas dentro del ámbito de la jurisdicción de la Provincia Warnes del Departamento de Santa Cruz. Establece asimismo, que los excedentes de este tributo estarán destinados a proyectos de expansión y tendidos de líneas en zonas que no cuenten con este servicio, así como para la ejecución y acciones destinadas a la preservación de la ecología y el medio ambiente.
- I.1.
- I.2.
- I.3.
- I.4.
- I.5.
- I.6.
- I.7.
- I.8.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- IV.1.
- IV.2.
- IV.3.
- ha venido y vienen cobrando desde varias gestiones atrás
- no existe una estructura de costos que se constituya en una base técnica
- “compatibilizando la
- IV.4.
- IV.5.
- que no
- basada en un dictamen técnico
- Aplicabilidad