SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 90/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 90/01

Fecha: 12-Dic-2001

VI.5

VI.5  Además de lo afirmado precedentemente,  la Convocatoria misma a Claustro no fue realizada por el Rector de la Universidad, que  en esa fecha -se reitera- era Jaime Robles Miranda,  puesto que  la Convocatoria  ha sido suscrita por el Presidente del Consejo Universitario, Marcel Civera  Gil y el Secretario General a.i. del Consejo  Universitario, Dionisio Quispe Mollo, quienes no tenían ninguna competencia al efecto, habiendo, por consiguiente, usurpado las funciones del recurrente.