SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 042/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 042/01

Fecha: 15-Jun-2001

II.5

II.5    La información que se levanta en la fase de pericias de campo “puede variar o modificarse en el fondo, los resultados obtenidos en esta fase serán los mismos y se reflejarán en las resoluciones finales de saneamiento”; o sea que si un predio no cumplía con la Función Social o Económica Social a tiempo de levantarse los datos de campo y su título o trámite agrario tiene vicios de nulidad será igual anulado y la tierra retornará a dominio del Estado para su consolidación, si corresponde, “a la TCO demandante”, no habiéndose apersonado, su trámite caducará.