SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 042/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 042/01

Fecha: 15-Jun-2001

IV.2

IV.2   El art. 69 de la citada Ley contempla las tres modalidades de saneamiento de la propiedad agraria: saneamiento simple (SAN-SIM), saneamiento integrado al catastro legal (CAT-SAN), y saneamiento de tierras comunitarias de origen (SAN-TCO); el art. 72 establece las condiciones para efectuar  el saneamiento de tierras comunitarias de origen. Como resultado del saneamiento,  se emitirá una Resolución Suprema, cuando el proceso agrario cuente con Resolución Suprema o se hubieren emitido títulos ejecutoriales, o Resolución Administrativa del Director del INRA, cuando el proceso agrario no se encuentre dentro de los casos anteriores  (art. 67).  Las resoluciones emergentes del proceso de  saneamiento  serán impugnadas únicamente ante el Tribunal Agrario Nacional, en proceso contencioso-administrativo, en el plazo perentorio de treinta días computables a partir de su notificación.