SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 042/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 042/01

Fecha: 15-Jun-2001

IV.6

IV.6 El art. 59 de la Ley Nº 1836 establece que el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad procede en los procesos  judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una Ley, Decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos.  La Resolución No. RFS-TCO-003/2000 es una decisión asumida en el proceso de saneamiento de propiedad agraria efectuado por el INRA a solicitud de parte, definiendo la situación de los predios llamados Guirapembirenda y Rancho Chico; en consecuencia, no es una resolución que vaya  a aplicarse en el proceso contencioso administrativo en el que se ha presentado el Incidente, sino que es la base del mismo, cuya resolución  no depende de aquella desde ningún punto de vista, por lo que  este Tribunal no puede ingresar a considerar su constitucionalidad o inconstitucionalidad.