SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 049/01
Fecha: 22-Jun-2001
III.1.
III.1. Que el 31 de octubre de 1991, FANCESA interpuso la petición minera denominada “Cal Orcko FANCESA”, de 114 pertenencias mineras, sobre yacimientos de piedra caliza, cantera y otros materiales de construcción, existentes en el lugar denominado “Cal-Orcko”, en los Cantones San Sebastián y Huata de la Provincia Oropeza del Departamento de Chuquisaca (fs. 237-238), dentro del cual se suscitó la oposición por superposición, interpuesta por María Antonieta Jáuregui de Argandoña, en su condición de adjudicataria de las concesiones David II y David III (fs. 250 y vta.), que fue resuelta por la Jueza de Minería del Departamento de Chuquisaca, con la competencia que le reconocía el art. 155-4) de la Ley de Organización mediante Auto de 7 de febrero de 1996 “rechazándola por improcedencia e interposición prematura” (fs. 454-456).