SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 049/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 049/01

Fecha: 22-Jun-2001

IV.4.

IV.4.  Que el anterior Código de Minería (D.L. Nº 07148 de 7 de mayo de 1965) modificado por la Ley Nº 1243 de 11 de abril de 1991 (Ley de Actualización del Código de Minería)  en su art. 340 establecía que la jurisdicción minera se ejercía por la Corte Nacional de Minería, las Superintendencias de Minas y los Subprefectos de provincia. Dicha competencia fue modificada a partir de la vigencia de la Ley Nº 1455 de 18 de febrero de 1993 (Ley de Organización Judicial) cuando la materia minera pasa a competencia del Poder Judicial a través de los Jueces de Minería, la Corte Superior y la Corte Suprema, en sus salas respectivas.