SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1401/2002- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1401/2002- R

Fecha: 18-Nov-2002

III.6

III.6   Que, de lo expuesto, se tiene que los recurridos han lesionado la garantía del debido proceso en sus elementos del derecho al juez natural, competente, independiente e imparcial, pues no fue juzgado por un tribunal debidamente conformado según el Estatuto del Médico Empleado, que se reitera, debía ser aplicado al proceso, por ser el recurrente médico de base del Seguro Social Universitario.

            Que, en ese sentido se resolvieron problemáticas similares, así SC 1230/2001-R de 20 de noviembre, que a tiempo de declarar procedente un Amparo por inobservancia de dicho Estatuto, se dijo: “... la Ley del Estatuto del Funcionario Público modificada por la Ley N°  2104 de 21 de junio de 2000,  en su numeral-IV dispone que "los servidores públicos dependientes  de ... Servicios de Salud Pública y Seguridad Social, están  solamente sujetos al Capítulo III del Título II y al Título V del Estatuto",  en relación con  lo dispuesto por los arts. 2, 4, 5 y 17-2), 40-4 al 41 del Estatuto del Médico Empleado, normativa que no ha sido observada en el  proceso interno al que ha sido sujeto el recurrente, vulnerándose de esa manera el derecho al debido proceso y al juez natural.”