Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 24/2002
Fecha: 13-Mar-2002
CONSIDERANDO II
Que por Auto Constitucional 469/2001-CA de 20 de noviembre de 2001 cursante de fs. 42-44 el Recurso es admitido, habiéndose citado a las autoridades recurridas el 12 de diciembre de 2001, mediante la correspondiente provisión citatoria como se evidencia a fs. 47-56, apersonándose al proceso Julián Sossa Serna, Juez Segundo de Partido en lo Civil, en suplencia legal de la Jueza Primera de Partido en lo Civil de La Paz, responde al Recurso como se evidencia a fs. 674-675, de igual manera Elsa Sangueza de Quintanilla, Jueza Segunda de Instrucción en lo Civil de La Paz, presenta el alegato correspondiente a fs. 720-722, quienes señalan lo siguiente: