Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 24/2002
Fecha: 13-Mar-2002
III.2.
III.2. En cumplimiento de la Sentencia Constitucional, la Jueza Segunda de Instrucción en lo Civil, el 28 de octubre de 2000 pronunció un auto por el que se ordena la restitución del inmueble a la demandada (fs. 414 vta. a 415), Resolución que motivó a la demandante a que solicitara reposición con alternativa de apelación (fs. 422-424), habiéndose pronunciado el Auto de 30 de enero de 2001 por el que se dispone no haber lugar a la revocatoria planteada concedida la apelación en el efecto devolutivo (fs. 453-454), remitiendo fotocopias legalizadas en grado de apelación en 07 de marzo de 2001 (fs. 577).