Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 24/2002
Fecha: 13-Mar-2002
II.3.
II.3. La Jueza Primera de Partido en lo Civil, pronunció el Auto de Vista 503/2001 de 26 de septiembre de 2001, tomando en cuenta la fecha en la que se decretó que obrados pasen a despacho para dictarse la resolución, siendo que el plazo para pronunciar un Auto de Vista es de 30 días, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 204 del mencionado procedimiento civil, dicha norma no especifica que el plazo sea sólo para apelaciones en el efecto suspensivo y que habría otro plazo de 6 días para apelaciones en el efecto devolutivo.