Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 41/2002
Fecha: 23-Abr-2002
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, ejerciendo la jurisdicción que le confieren los artículos 120.6ª de la Constitución Política del Estado, 7-6ª, 79 y siguientes de la Ley Nº 1836, declara INFUNDADO el Recurso, con costas y una multa que se califica en la suma de Bs. 1.000.- que deberá ser depositada por S.I.D.S. S.A. a la orden del Tesoro Judicial dentro de tercero día de su legal notificación con el presente fallo, debiendo presentar a este Tribunal el comprobante de pago.