SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 41/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 41/2002

Fecha: 23-Abr-2002

V.5

V.5   El Auto de Vista Nº 227/2001 de 29 de octubre de 2001 (fs.1 a 3), suscrito por los vocales Juan José Gonzáles Osio y Armando Cardozo Saravia, siendo disidentes Oscar Barrios Sánchez y José Ortuzte Quiroga, anuló obrados, “reponiendo la causa al estado que en el Auto de apertura del procedimiento, se disponga claramente los órganos periodísticos en los cuales deberán publicarse con los intervalos necesarios, los edictos mandados por el art. 1506 inc. 2) del Cód. Com., en armonía con el art. 1494 del mismo cuerpo legal”.