Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 57/2002
Fecha: 05-Jul-2002
VI.3
VI.3 Que, la Ley Nº 1788 de Organización del Poder Ejecutivo, en cumplimiento de la norma prevista por el art. 99 de la Constitución define el número, composición, estructura de los Ministerios del Estado así como las funciones y atribuciones de los Ministros. Entre los Ministerios que forman parte de la estructura del Poder Ejecutivo, la citada Ley consigna el Ministerio de Gobierno, el que, al igual que todos los demás tiene una estructura central compuesta a partir del Ministro, luego el Viceministro y el Director General.
- o que esté siendo efectuada por personas que no estén acreditadas como productores de coca
- inmediato
- I.2
- I.3
- I.4
- II.1
- III.1
- IV.1
- IV.2
- V.3
- VI.1
- VI.2
- VI.3
- “Administrar el Régimen de Defensa Social”.
- VI.4
- el Régimen de Defensa Social”
- Régimen de Defensa Social
- VI.5
- VII.1
- Régimen Administrativo Sancionador
- VII.2
- VII.3
- VII.4
- VII.5
- POR TANTO: