SENTENCIA CONSTITUCIONAL 81/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 81/2002

Fecha: 11-Sep-2002

I.1.1.4.

I.1.1.4.           Afirma que el INRA tiene plena competencia para ejecutar el proceso de saneamiento, según los arts. 64, 65, 69-I-3) de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria (LSNRA), debiendo tomarse en cuenta, además, la supremacía de la Constitución Política del Estado, cuyos artículos 165 y siguientes determinan que el Régimen Agrario es especial, somete a particulares principios la adquisición y conservación de la propiedad agraria, no estando sometido a las “leyes ordinarias o civiles”.