Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 81/2002
Fecha: 11-Sep-2002
II.8.
II.8. Mediante Resolución Instructoria RI-CAT-SAN Nº 013/01 de 21 de septiembre de 2001 (fs. 258 a 260), el INRA intimó a los propietarios de predios con títulos ejecutoriales, a presentar los mismos, a beneficiarios de predios consignados en sentencias ejecutoriadas, minutas de compraventa protocolizadas anteriores al 24 de noviembre de 1992, subadquirentes y poseedores, acreditar y probar la legalidad de sus derechos y posesión, responsabilizando a KADASTER la ejecución del saneamiento, de acuerdo al convenio suscrito entre el INRA y la mencionada entidad. Esta Resolución se publicó en el periódico “La Razón” en 22 de septiembre de 2001 (fs. 261).
- I.1.1.1.
- I.1.1.3.
- I.1.1.4.
- I.1.1.5.
- I.1.1.6.
- I.3.1.
- I.3.2.
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- pueden válidamente realizarse en forma coetánea tanto el saneamiento integrado al catastro (CAT-SAN), como el proceso para garantizar el ejercicio del derecho propietario
- , el art. 169-I del Reglamento de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria, aprobado por DS 25763 de 5 de mayo de 2000
- POR TANTO: