Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 81/2002
Fecha: 11-Sep-2002
II.4.
II.4. En la audiencia pública de 15 de abril (fs. 419), ante la solicitud del abogado de los demandados de reponer el Auto de 11 de abril, el Juez reiteró que en sujeción al DS 25323 modificatorio del procedimiento de saneamiento de la propiedad agraria en el reglamento de la Ley INRA, y Decreto Supremo 24784, que modifica el art. 87 numeral 1) inciso b), el orden prioritario para dictar resolución, es el de procesos titulados, procesos agrarios en trámite y posesiones legales.
- I.1.1.1.
- I.1.1.3.
- I.1.1.4.
- I.1.1.5.
- I.1.1.6.
- I.3.1.
- I.3.2.
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- pueden válidamente realizarse en forma coetánea tanto el saneamiento integrado al catastro (CAT-SAN), como el proceso para garantizar el ejercicio del derecho propietario
- , el art. 169-I del Reglamento de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria, aprobado por DS 25763 de 5 de mayo de 2000
- POR TANTO: