Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 81/2002
Fecha: 11-Sep-2002
II.1.
II.1. Julia Delmira Carvajal Chismic, Gastón Gregorio Carvajal Chismic y otros , en 3 de enero de 2002 (fs. 374 a 377), incoaron demanda de garantía en el derecho de propiedad del predio “Atolladar Timboy Pampa”, ubicado en el cantón Sauces de la provincia Hernando Siles de Chuquisaca, contra Tiburcio Barja, Eulalia Cruz y otros, siendo respondida y reconvenida por Severo Núñez León en 30 de enero (fs. 392 a 394).
- I.1.1.1.
- I.1.1.3.
- I.1.1.4.
- I.1.1.5.
- I.1.1.6.
- I.3.1.
- I.3.2.
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- pueden válidamente realizarse en forma coetánea tanto el saneamiento integrado al catastro (CAT-SAN), como el proceso para garantizar el ejercicio del derecho propietario
- , el art. 169-I del Reglamento de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria, aprobado por DS 25763 de 5 de mayo de 2000
- POR TANTO: