SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1471/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1471/2003-R

Fecha: 06-Oct-2003

directamente interpuso el presente recurso constitucional, de lo que se infiere que aún no utilizó ni agotó la vía legal ordinaria para hacer valer sus derechos.

En el caso de examen, si la recurrente considera que no fue notificada legalmente con la sentencia y demás actuaciones del proceso ejecutivo, y que con ello se le habría provocado indefensión, tiene expedita la vía incidental para- adjuntando la prueba pertinente, impugnar esta situación dentro del mismo proceso, conforme prevé el artículo anteriormente referido y, una vez agotados los recursos ordinarios que la ley le franquea, podrá acudir a la jurisdicción constitucional en caso de que continúe la supuesta vulneración de los derechos invocados; lo que no ha ocurrido en el caso de autos, ya que de la revisión de obrados se evidencia que la recurrente sin haberse apersonado al proceso y reclamado dentro del mismo las supuestas ilegalidades, directamente interpuso el presente recurso constitucional, de lo que se infiere que aún no utilizó ni agotó la vía legal ordinaria para hacer valer sus derechos.