SENTENCIA CONSTITUCIONAL 165/2003- R
Fecha: 14-Feb-2003
III.6
III.6 Que en cuanto a la vulneración denunciada de los derechos a la vida, a la salud, no se encuentra ningún elemento que demuestre la amenaza, restricción o supresión de los mismos, pues si bien la decisión de la recurrida en este caso conlleva el archivo de obrados de la acción que interpuso la recurrente que, efectivamente emergía de la supuesta comisión de un delito que atenta contra el bien jurídico protegido como es la integridad corporal, no es menos cierto que dicho bien jurídico no puede considerarse como lesionado con el pronunciamiento de una resolución dentro del proceso penal que se esté sustanciando, pues en éste, el juez o tribunal aún dicte resoluciones que no se sustenten en una debida interpretación de las disposiciones del ordenamiento jurídico aplicables al proceso, no podrá atentar contra la vida o la salud reconocidos como derechos fundamentales.
- Gustavo Camacho P., en representación de Ninon Salinas de Illanes
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Livia Molina, Jueza Cuarta de Partido en lo Penal
- I.2.1
- (fs. 101-104)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- interrupción
- III.2
- se aplicará a todas las causas que se inicien a partir del vencimiento de este plazo: 31 de mayo de 2001
- III.3
- III.4
- III.4.1
- III.4.2
- III.5
- III.6
- III.7
- REVOCA