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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 165/2003- R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 165/2003- R

    Fecha: 14-Feb-2003

    interrupción

    “.. consecuentemente, la vigencia anticipada de los preceptos procesales establecidos por la disposición Transitoria Segunda, entre los que se encuentran los relativos a las reglas para  interrupción y suspensión del término de la prescripción, no pueden afectar a situaciones ya definidas en el marco de las previsiones del artículo 102 del Código Penal..”.

    • Gustavo Camacho P., en representación de Ninon Salinas de Illanes
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • Livia Molina, Jueza Cuarta de Partido en lo Penal
    • I.2.1
    • (fs. 101-104)
    • procedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • interrupción
    • III.2
    • se aplicará a todas las causas que se inicien a partir del vencimiento de este plazo: 31 de mayo de 2001
    • III.3
    • III.4
    • III.4.1
    • III.4.2
    • III.5
    • III.6
    • III.7
    • REVOCA

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