SENTENCIA CONSTITUCIONAL 384/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 384/2003-R

Fecha: 26-Mar-2003

III.3.

III.3.  La tercería de dominio excluyente en ejecución de sentencia, merece el trámite de un incidente de puro derecho, o sea que contra  el fallo que la defina, se puede formular apelación sin lugar al recurso de casación, máxime si se considera que el art. 518 CPC claramente faculta a las partes a interponer solamente la apelación contra Resoluciones emitidas en ejecución de sentencia,  sin recurso ulterior, lo que implica que -se reitera-  en ejecución de fallos no es procedente el recurso de casación en ningún caso.