Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0480/2003- R
Fecha: 09-Abr-2003
I.2.1
El abogado de los recurrentes ratificando y ampliando los fundamentos del recurso señaló que los incidentes que se han planteado dentro del proceso han sido sistemáticamente rechazados, habiéndose pedido en el último la nulidad por cuanto la cláusula 6ta. no tiene nada que ver con la 7ma., empero también ha sido rechazado, ante lo cual han apelado, sin embargo el proceso se ha seguido llevando sobre el domicilio que no fue dado en garantía.
- amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Blanca Alarcón de Villarroel, Jueza Primero de Partido en lo Civil, Mario Bacarreza Molina, Comandante Departamental de la Policía Boliviana, Hilarión García Suaznabar, Responsable de los alguaciles de la Corte Superior del Distrito y Hugo Alejandro Ortíz Martínez
- I.2.1
- 1.2.2 Informe de las autoridades recurridas.
- Fragmento 6
- improcedente
- II.1
- “II.4.
- “II.5.
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- empero no puede resistirse con actitudes de hecho a las órdenes judiciales
- 1º