SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0005/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0005/2004

Fecha: 16-Ene-2004

g)

g)  Puntualizan que como Concejales Municipales de Santa Cruz, hicieron  conocer su posición sobre la suscripción de los contratos de servicio aprobados mediante al Resolución ejecutiva cuya nulidad pretenden, “de lo que resulta fácil inferir que no existen los dos tercios de votos requeridos para su aprobación”, o sea que se evidencia la premeditación que existió en el Alcalde para lograr la aprobación de su parte, viciada de nulidad, a más de lo dicho, porque también vulnera el art. 36 del Reglamento Municipal de Concesiones de la Alcaldía de Santa Cruz de la Sierra.

g)  Sostiene que al aprobar la Resolución Ejecutiva 018/2003 de 16 de septiembre, ha actuado en el marco de la ley, con jurisdicción y competencia al efecto, de acuerdo al art. 12.3) del DS 26685 de 5 de julio de 2002, que está en vigencia. Añade que los contratos requerían una urgente aprobación porque se necesitaba ahorrar aproximadamente cien mil dólares americanos al Municipio de Santa Cruz, que es lo que se ha efectuado al aprobar tales contratos.