Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0006/2004
Fecha: 21-Ene-2004
Reglamento específico de administración de personal,
En ejercicio de las funciones y atribuciones que le han sido asignadas por la Constitución y la Ley del consejo de la judicatura, y en sujeción, a la Ley de administración y control gubernamental y su Decreto Supremo reglamentario DS 23318-A de Responsabilidad por la Función Pública, Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal y demás disposiciones legales concordantes, el Consejo de la Judicatura ha elaborado el Reglamento específico de administración de personal, instrumento normativo aprobado por el Pleno del Consejo el 21 de septiembre de 1998.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- I.1.1. Relación sintética del recurso
- rechazaron
- revocó en parte
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- Eludir el cumplimiento de las leyes del país y las normas que rigen la institución
- III.3
- III.4
- III.4.1.
- Reglamento específico de administración de personal,
- estando todos los funcionarios judiciales sometidos a dicha Ley y
- III.4.2.
- Sistema de Administración de Personal (art. 9),
- todas las instituciones del sector público,
- III.4.3.
- buscan la eficacia del servidor público en el ejercicio de sus
- III.5
- III.6
- III.7