SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1775/2004-R
Fecha: 16-Nov-2004
III.
Los recurrentes alegan la vulneración de sus derechos al trabajo y a la libre asociación, aduciendo que el recurrido, no obstante haber sido notificado con la RA 128 de 18 de agosto de 2003, pronunciada por el Director del ex- INALCO así como por la Resolución 001/03 emitida por FERRECO, -que restituyen su calidad de socios y revierten la expulsión de la que les hizo objeto el Directorio de la Cooperativa que dirige el demandado-, ha evadido el cumplimiento de esas decisiones manteniéndolos al margen de la Cooperativa e impidiéndoles trabajar para lograr su sustento. Consiguientemente, corresponde analizar si los hechos reclamados se encuentran dentro del ámbito de protección que otorga el art. 19 de la CPE.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.
- III.1.
- b)
- III.2.
- III.3.
- la Asamblea General de la Cooperativa la única con potestad para definir la exclusión de socios siendo su fallo definitivo
- III.4.
- III.5.
- La exclusión de los recurrentes, en virtud a