SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1775/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1775/2004-R

Fecha: 16-Nov-2004

III.5.

III.5. En relación a la supuesta vulneración de los derechos de los recurrentes se ha podido constatar del análisis de obrados que no existe una exclusión como tal, lo que dispuso la Asamblea General Semestral, de fecha 10 de agosto de 2002, es aprobar la sanción impuesta a Justo Quisbert y Jorge Machaca, para que vendan sus acciones en el plazo de noventa días a contar del 10 de agosto de 2002, determinación asumida con la presencia de los recurrentes y en base al informe de la Comisión Disciplinaria, la misma que no fue cumplida ni se exigió su cumplimiento; en virtud a que los recurrentes no vendieron sus acciones.