SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1775/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1775/2004-R

Fecha: 16-Nov-2004

III.1.

III.1.  Previo al análisis de autos es importante establecer la normativa que regía al ex-Instituto Nacional de Cooperativas - disuelto mediante Ley 2627 de 30 de diciembre de 2003- y a las  Federaciones de Cooperativas en relación a la exclusión, retiro, o ingreso de nuevos socios: a) el ex- INALCO, regía su accionar bajo la normativa establecida en el Estatuto Orgánico del INALCO; aprobado mediante Decreto Supremo 12650; el ex -  INALCO era el órgano rector y normativo de la política nacional sobre cooperativismo tenía la facultad de propiciar la organización del movimiento cooperativo, (art. 7 del Estatuto Orgánico del INALCO).

Y como tal tenía dentro de sus funciones relacionadas específicamente con las cooperativas: el de orientar, asesorar y supervisar a las cooperativas; desarrollar programas de asistencia en los campos técnico-administrativo, contable-financiero, educativo y en los que por acuerdo y/o colaboración con otras instituciones públicas o privadas se pueden otorgar a favor del cooperativismo; cumplir y hacer cumplir la Ley General de Sociedades Cooperativas y demás leyes y decretos sobre cooperativismo; reconocer la personalidad jurídica de las cooperativas; sancionar, de acuerdo a las normas pertinentes a las personas que infrinjan la legislación cooperativa y las disposiciones dictadas por el instituto (art. 8 del Estatuto Orgánico del INALCO).

En el art. 15 inc. c) del Estatuto Orgánico del INALCO establecía las funciones del Director Ejecutivo de ex - INALCO en relación a las cooperativas: “cumplir y hacer cumplir la Ley General de Sociedad Cooperativas y otras disposiciones afines, constituyéndose en la autoridad para el otorgamiento, modificaciones o revocación de las personalidades jurídicas de las sociedades cooperativas y para su intervención previos los informes técnicos ..”.