SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1953/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1953/2004-R

Fecha: 17-Dic-2004

, no es menos cierto que la diligencia de 18 de marzo de 2004 se efectuó conforme a ley y respecto al recurrente

                   De lo expuesto, se evidencia que si bien el recurrido Juez de la causa, al resolver el incidente de nulidad de notificación y los vocales codemandados al emitir el Auto de Vista de 8 de julio de 2004, fundaron sus determinaciones en una errónea apreciación de los antecedentes procesales al concluir que la diligencia de notificación era válida al haberse efectuado con relación al apoderado del actor, no es menos cierto que la diligencia de 18 de marzo de 2004 se efectuó conforme a ley y respecto al recurrente, consecuentemente no hubo una vulneración de sus derechos como denuncia, circunstancia que determina la improcedencia del presente recurso.