SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1953/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1953/2004-R

Fecha: 17-Dic-2004

II.12.

II.12.    El 4 de mayo de 2004 (fs. 82), el recurrente interpuso recurso de apelación respecto al Auto de 30 de marzo de 2004 con los siguientes argumentos: a) indebida interpretación del poder otorgado para la audiencia conciliatoria que al no haber prosperado determinó su extinción; b) de acuerdo al art. 163 del CPP la notificación con la querella es personal y en el domicilio real del imputado; c) el memorial de 16 de febrero de 2003, no lo firmó ni su apoderado especial; c) al admitir la querella el juez ordenó se libre comisión instruida para la notificación con la querella y su admisión por lo que la notificación realizada infringe normas procesales penales y limita el derecho a la defensa; d) para la notificación cedularia debió darse aplicación a los arts. 119-120 del Código de procedimiento civil  (fs. 82). El recurrente no hizo observación alguna a la falta de notificación con lo dispuesto por la autoridad demandada en la audiencia conciliatoria.