SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0015/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0015/2004

Fecha: 01-Mar-2004

Gobierno Municipal de Sucre actuó con la competencia que le reconoce el art. 8-II-1 LM.

En ese sentido,  se arriba a la certeza de que no se ha demolido parte del Hospital Santa Bárbara, sino del ex Instituto Psiquiátrico de Mujeres, que no tiene la categoría de Monumento Nacional, lo que motivo la solicitud de permiso al Prefecto, y obtenida la misma, se procedió con la demolición de la pared sobre la calle René Moreno para dar lugar a la construcción de una moderna Unidad de Emergencias. Así, queda demostrado que el  Gobierno Municipal de Sucre actuó con la competencia que le reconoce el art. 8-II-1 LM.