SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0015/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0015/2004

Fecha: 01-Mar-2004

III.7

III.7    De otro lado,  realizado un  análisis cronológico sobre la promulgación de las diferentes disposiciones que han normado lo pertinente al tratamiento, restauración y conservación del patrimonio histórico y monumentos nacionales, se  llega a la clara conclusión de que las  normas invocadas por la parte recurrente y en las que se basa para demandar la nulidad de la Resolución Municipal 311/03 por haber sido emitida sin que el Gobierno Municipal de Sucre obtenga previamente una autorización del Viceministerio de cultura para efectuar trabajos en un edificio declarado Monumento Nacional -que como se tiene dicho, en realidad los trabajos se están realizando en  un edificio diferente- son de data muy anterior a la  promulgación de la Ley de Reformas a la Constitución (de 1994) y de la Ley de Municipalidades (de 1999), disposición esta última que atribuye a los Gobiernos Municipales la potestad de precautelar y resguardar la riqueza histórica y cultural de la Nación, por una parte, y por otra, en cuanto a infraestructura, reconoce su competencia para realizar construcciones destinadas al área de salud.