SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0049/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0049/2004

Fecha: 18-May-2004

a)

a)  A fin que el Estado Boliviano ejercite y ejecute los convenios y tratados internacionales sobre navegación marítima, llegó a dictar entre otros el Decreto Supremo (DS) 12683 de 18 de julio de 1975, cuyo art. 25 dispone que la concesión del pabellón nacional a barcos extranjeros o el fletamento estará sujeto a las disposiciones de a Marina Mercante  Nacional, tomando en cuenta el interés del Estado de organizar tal flota de navegación marítima.

a.   El primero, apoyado en el principio de subsidiariedad, pues  al momento de emitir la Resolución no  se tuvo conocimiento de la dictación del Auto Supremo 060/2003, por ello en el numeral III.1 se  estableció que la excepción de arbitraje opuesta por AGN SA estaba pendiente de resolución, impidiendo ello ingresar al análisis de fondo de la problemática;