Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0049/2004
Fecha: 18-May-2004
e)
e) Relatan que el 21 de noviembre de 2002, el RIBB interpuso demanda de nulidad de contrato de prestación de servicios contra AGN SA por incumplimiento de la Constitución, de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, de la LSAFCO y de la Resolución Suprema (RS) 216145, por falta en el objeto de los requisitos exigidos por ley e ilicitud en la causa. La empresa demandada se apersonó y opuso excepción de arbitraje el 29 de enero de 2003, que fue declarada improbada por Auto Supremo 060/2003 de 29 de agosto, emitido por la Corte Suprema de Justicia en su Sala Plena, que reconoció su competencia para continuar con dicho juicio.
- Andrés Vicente Baldivia Calderón de la Barca y Elvira Lucía Achu Quispe, en representación del Ministerio de Defensa Nacional
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- i)
- j)
- I.1.2. Personas recurridas y petitorio
- I.3.Alegaciones de la parte recurrida
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Laudo Interlocutorio 02/03
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- SC 1424/2003-R, de 29 de septiembre
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- siempre que versen sobre derechos disponibles
- III.3.
- SC 1424/2003-R,
- excepción de arbitraje en el proceso contencioso ante la Corte Suprema de Justicia,
- II.
- conforme lo dispuesto por el art. 12.III de la LAC,
- DECLARA FUNDADO