Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0049/2004
Fecha: 18-May-2004
b)
b) Al efecto señalado -continúan- se creó el Registro Internacional Boliviano de Buques (RIBB), por lo que la Dirección General de Intereses Marítimos, Fluviales, Lacustres y Marina Mercante, también dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, contrató a la Empresa de Asesoría y Gestión Naval Sociedad Anónima (AGN SA). Suscrito el contrato por excepción, se elevó a escritura pública 172 de 11 de marzo de 2001, en la que se establece que AGN SA debió prestar los servicios señalados en la cláusula tercera del contrato a favor de RIBB.
- Andrés Vicente Baldivia Calderón de la Barca y Elvira Lucía Achu Quispe, en representación del Ministerio de Defensa Nacional
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- i)
- j)
- I.1.2. Personas recurridas y petitorio
- I.3.Alegaciones de la parte recurrida
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Laudo Interlocutorio 02/03
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- SC 1424/2003-R, de 29 de septiembre
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- siempre que versen sobre derechos disponibles
- III.3.
- SC 1424/2003-R,
- excepción de arbitraje en el proceso contencioso ante la Corte Suprema de Justicia,
- II.
- conforme lo dispuesto por el art. 12.III de la LAC,
- DECLARA FUNDADO