Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0658/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0658/2004-R

    Fecha: 04-May-2004

    II.3.

    II.3.   El 3 de febrero de 2004, el postulante Valentín Roca Guarachi, presentó ante la Comisión Calificadora apelación a la calificación de sus méritos por existir presuntamente un error en la calificación realizada a su persona (fs. 26). Este recurso fue respondido mediante nota VEEA/026404 de 11 de febrero, por la cuál se hizo conocer que la calificación efectuada fue correcta (fs. 29 y 77)

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • I.2.3. Intervención de la tercera interesada
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • No es solamente poner en movimiento mecánico las reglas de procedimiento sino buscar un proceso justo, para lo cual hay que respetar los principios procesales de publicidad, inmediatez, libre apreciación de la prueba; los derechos fundamentales como el derecho a la defensa, a la igualdad, etc., derechos que por su carácter fundamental no pueden ser ignorados ni obviados bajo ningún justificativo o excusa por autoridad alguna, pues dichos mandatos constitucionales son la base de las normas adjetivas procesales en nuestro ordenamiento jurídico
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • III.5.
    • III.6.
    • APRUEBA

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca