Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0660/2004-R
Fecha: 04-May-2004
I.3. Trámite procesal en el Tribunal
Con la facultad conferida por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), la Magistrada Relatora, por AC 206/2004-CA, de 7 de abril, solicitó la remisión en fotocopias legalizadas de todo el expediente relativo al proceso penal seguido en contra de la representada del recurrente y otras. Una vez que la documentación solicitada fue remitida a este Tribunal, mediante decreto de 28 de abril de 2004, se reanudó el cómputo del plazo, siendo el nuevo vencimiento el 5 de mayo de 2004; por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legal.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2. En la fase del sumario
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- sin embargo de haber sido citado con el decreto de señalamiento,
- una vez comprobada la citación legal
- debe ser legalmente citado con el llamamiento a confesión, y sólo ante su incomparecencia,
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA