Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0770/2004-R
Fecha: 18-May-2004
II.11.
II.11. El 2 de enero de 2004, el Jefe de Servicios Judiciales del Consejo de la Judicatura informó al Director Distrital, que la representada del actor tiene como montos retenidos por concepto de depósitos de asistencia familiar en la suma de Bs9.470.- y como posibles sobregiros el monto de Bs1.500.- (fs. 518).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades
- Los recurridos, miembros del Consejo de la Judicatura, a través de sus representantes, el co-demandado Alvaro Avila Vadillo, por sí y en representación de Julissa Cristina Salazar Mostajo
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- a)
- b)
- c) los co-recurridos, miembros del Consejo de la Judicatura:
- III.1.
- III.2.
- procede única y exclusivamente cuando se han agotado los recursos y medios existentes para que la persona exija se respeten los derechos y garantías que estima lesionados
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APROBAR