Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0896/2004-R
Fecha: 08-Jun-2004
Fragmento 23
Respecto al Juez Tercero de Ejecución en lo Penal, se constata que el mismo no tuvo participación alguna dentro del proceso penal seguido contra los representados de los recurridos, pues el proceso fue de su conocimiento con el mandamiento de condena; en consecuencia, carece de legitimación pasiva para ser recurrido en el presente recurso, por lo que el recurso es improcedente con relación a esa autoridad.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ,
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- III.3
- III.4. Error de género en la identidad personal y defectos en la notificación.-
- no es menos evidente
- no tuvieron conocimiento efectivo del proceso penal que se sustanció en su contra
- III.5.
- III.6. Motivación de la sentencia y sus exigencias básicas.-
- III.7. Falta de legitimación pasiva no impide otorgar la tutela requerida en el recurso de hábeas corpus.-
- Fragmento 23