Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0896/2004-R
Fecha: 08-Jun-2004
recurso de hábeas corpus
En revisión, la Resolución 05/2004 cursante de fojas 266 a 269 pronunciada el 10 de marzo de 2004 por la Jueza Segunda de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, en el recurso de hábeas corpus interpuesto por Adalid Mamani O. y Carlos Soruco Arroyo, en representación sin mandato de Walter Andrade y Alejandra Arce contra el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal Liquidador, y José Ayaviri Siles, Juez Tercero de Ejecución en lo Penal José Ayaviri Siles, alegando la vulneración de sus derechos a la libertad, a la defensa y la garantía del debido proceso.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ,
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- III.3
- III.4. Error de género en la identidad personal y defectos en la notificación.-
- no es menos evidente
- no tuvieron conocimiento efectivo del proceso penal que se sustanció en su contra
- III.5.
- III.6. Motivación de la sentencia y sus exigencias básicas.-
- III.7. Falta de legitimación pasiva no impide otorgar la tutela requerida en el recurso de hábeas corpus.-
- Fragmento 23