SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0981/2004-R
Fecha: 24-Jun-2004
3°
3° En el Auto Final de la Instrucción, el Juez de la causa dispuso el procesamiento del imputado, hoy representado del recurrente, acusando los mismos hechos delictivos que fueron acusados por el querellante, es decir, que Jorge Velásquez, en su condición de Gerente Financiero realizó actos de administración causando daños al patrimonio del Estado, obteniendo para sí o un tercero, beneficio económico indebido; que en su condición de funcionario recibió dineros destinados a la entidad pública; que se apropió de los mismos cuando se encontraba en posesión y tenía la obligación de devolver; empero, realizó la calificación de dichos hechos como delitos de conducta antieconómica, estafa y apropiación indebida.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- (fs. 52)
- II.1.
- (fs. 29 exp. orig.)
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 3° La calificación legal de los hechos punibles, tanto en el Auto Inicial de la Instrucción cuanto en el Auto de Procesamiento es provisional, lo que significa que es variable o puede modificarse en la etapa del juzgamiento o procesamiento
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- 1°
- 2°
- 3°
- 4°
- III.5.
- III.6.
- ni la observancia del requisito previsto en el numeral 3 del parágrafo anterior”
- APROBAR