SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1325/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
(fs. 974-975)
Habiendo sido sorteado el presente recurso el 10 de mayo de 2004, el Magistrado Relator en uso de las facultades conferidas por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), requirió a la Comisión de Admisión solicite documentación adicional mediante AC 381/2004-CA, de 5 de julio (fs. 974-975), disponiéndose a su vez la suspensión del cómputo del plazo para el pronunciamiento de la Sentencia hasta la recepción de la documentación solicitada.
Por decreto de 19 de julio de 2004, la Comisión de Admisión de este Tribunal, remite a despacho del Magistrado Relator la documentación solicitada disponiéndose la reanudación del cómputo del plazo; empero, este Tribunal mediante Acuerdo Jurisdiccional 128/ 04 de 21 de julio de 2004 amplió el plazo procesal para resolver el mismo hasta el 19 de agosto del año en curso; por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo establecido por Ley.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- SC 49/2003-R
- a)
- i)
- procedente
- (fs. 974-975)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- SC 49/2003-R, de 15 de enero
- III.4.
- SC 127/2004-R, de 28 de enero,
- (SC 418/00 de 2 de mayo),
- III.5.
- APRUEBA