SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0075/2005
Fecha: 13-Oct-2005
2°
2° El artículo 2 del DS 27988 dispone que los ciudadanos seleccionados en cada departamento mediante voto universal, directo, libre, obligatorio y secreto, serán designados Prefectos por el Presidente de la República, la designación recaerá en el candidato que en la votación hubiera obtenido la mayoría simple de votos válidos emitidos; la norma objeto de análisis confirma lo sostenido precedentemente, y es que el Presidente de la República no ha modificado la potestad constitucional de designar a los Prefectos (as) de Departamento, al contrario está expresamente definido que el proceso simplemente se reducirá a seleccionar, mediante votación popular, a los ciudadanos (as) a quienes el primer mandatario de la nación los designará en el cargo de Prefecto de Departamento, claro está que, en sujeción al principio democrático participativo, la voluntad popular adoptada en el proceso es vinculante para el Presidente de la República, por ello ha previsto que se designará al candidato que hubiese obtenido la mayoría relativa de votos válidos, lo cual no contradice ni vulnera la norma prevista por el art. 109.I de la CPE.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1.1.
- I.1.2.
- I.2. Admisión y citaciones
- I.3.1.
- I.3.2.1.
- I.3.2.2.
- II.1. La Ley 3015 (Especial, complementaria al Código Electoral, a la Ley de Partidos Políticos y a la Ley de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas, para la Elección y Selección de Prefectos (as) de Departamento
- Artículo 9. (Papeleta Unica de Sufragio).
- Artículo 10.
- Artículo 11. (Acta de Apertura, Escrutinio y Cómputo).
- Artículo 13.
- Artículo 15. (Participación Nacional o Departamental).
- II.2. El DS 27988, de 28 de enero de 2005, compuesto de 8 artículos,
- Artículo 3.- (Selección).
- Fragmento 16
- II.4. El DS 28229, de 6 de julio de 2005, en su Artículo Único
- a)
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances del recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- III.2.
- Fragmento 21
- III.2.2. Cuerpo electoral y derecho de sufragio
- III.3.1. La Ley 3015, Especial, complementaria al Código Electoral, a la Ley de Partidos Políticos y a la Ley de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas, para la Elección y Selección de Prefectos (as) de Departamento, de 8 de abril de 2005
- 7°
- 9°
- 10°
- III.3.2. Los DDSS 27988, de 28 de enero de 2005 y 28077, de 8 de abril de 2005
- 1°
- 2°
- 3°
- 4°
- III.3.3. El DS 28229, de 6 de julio de 2005
- CONSTITUCIONALES