SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0076/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0076/2005

Fecha: 13-Oct-2005

rechazó

A través del AC 451/2005-CA, de 22 de septiembre de 2005, cursante de fs. 66 a 72,  la Comisión de Admisión rechazó el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad contra la Ley 3089 de 6 de julio de 2005, con el fundamento de que “para ejercer el control de constitucionalidad respecto a las leyes que reforman la Constitución, la vía idónea no es el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad, sino la demanda de infracción de Procedimiento de Reformas de la Constitución”. El mismo Auto Constitucional admitió el recurso contra el DS 28228 de 6 de julio de 2005, y el 3 de octubre de 2005 se citó al Presidente de la República, como personero del órgano que generó la norma impugnada, con la provisión citatoria correspondiente (fs. 91).