Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1240/2005-R
Fecha: 10-Oct-2005
III.4.
III.4. Con relación al correcurrido, Jorge Gutiérrez Roque, se establece que el mismo carece de legitimación pasiva para ser demandado, por cuanto dicha autoridad no pronunció ni tuvo participación en la Resolución CM 255/04, de 4 de agosto de 2004, que revocó la Resolución 023/04, de 10 de mayo de 2004 y dispuso que se remitan antecedentes ante el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal para que declare la extinción de la acción penal.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- (fs. 22-23)
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando resulte evidente que el hecho no existió, que no constituye delito o que el imputado no participó en él y cuando estime que los elementos de prueba son insuficientes para fundamentar la acusación
- objetividad y probidad
- III.2.
- Fragmento 22
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA