SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0094/2005
Fecha: 24-Nov-2005
b)
b) El Acuerdo 135/2005 aprobó el Reglamento para Funcionarios de Apoyo Jurisdiccional del Poder Judicial; el cual en el inc. a) de sus disposiciones transitorias dispone que: los secretarios de cámara, secretarios y actuarios de Juzgados, los auxiliares y oficiales de Sala y Provincia, que hubieren ingresado antes de junio de 2003, cesarán en sus cargos en sesenta días; luego el inc. b) dispone que los que hubieran ingresado después de esa fecha se sujetarán a dicho Reglamento; el inc. c) establece que los oficiales de diligencias de provincias se someterán a las disposiciones transitorias en noventa días, y el inc. d) manda a que los órganos nacionales adecuen el proceso de institucionalización de sus funcionarios de apoyo jurisdiccional al Reglamento. La aprobación de dichas normas mereció la disidencia de la consejera Maria Teresa Rivero de Cusicanqui, con los argumentos que la cesación de funciones en el plazo de sesenta días lesionaba la irretroactividad de La Ley; que las disposiciones Transitorias alteraban el espíritu del Reglamento, ya que siendo su objeto establecer periodos de funciones, éstos deberían computarse desde la vigencia del Reglamento, para luego producirse la cesación; se afectaba el principio de igualdad al no otorgar similar tratamiento a los auxiliares de los órganos nacionales, dichos argumentos demuestran que el Reglamento aprobado por el Acuerdo 135 lesiona los principios de igualdad, equidad, irretroactividad de la Ley, como también los derechos a la seguridad jurídica y al trabajo establecidos por los arts. 7 incs. a), d) y 33 de la CPE.
b) en lo relativo al Acuerdo 135/2005, que aprobó el Reglamento Para Funcionarios de Apoyo Jurisdiccional, fue emitido en uso de la atribución contenida en el art. 13.III inc. 4) de la Ley del Consejo de la Judicatura (LCJ) y constituye la norma que desarrolla el Título IV, Cap. I de dicha Ley; resultando lógico, pues al haberse implantado un sistema nuevo inexistente antes de la reforma constitucional de 1994, se debía reglamentar el ingreso, evaluación, permanencia y cesación de los funcionarios de apoyo jurisdiccional; parámetros que se aplicarán a los funcionarios que ingresen bajo esas condiciones.