Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0094/2005
Fecha: 24-Nov-2005
II.3.
b) Para todos los cargos de Técnicos, Auxiliares y otros, cuyos requisitos no incorporan la necesidad de tener titulo profesionales de licenciatura, se convocarán internamente. A este efecto, para cada convocatoria deberán existir al menos dos postulantes, de no ser así, se emitirán convocatorias externas.