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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0094/2005
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0094/2005

    Fecha: 24-Nov-2005

    e)

    e) Respecto al Reglamento del Fondo de la Mutualidad del Poder Judicial, señala que es lesivo al derecho a la propiedad privada, porque el ejercicio de funciones por periodos tan breves, de uno a tres años, en los cuales se aporta el 10% del salario a favor de la Mutualidad del Poder Judicial significa una confiscación, ya que para retirar dichos aportes se debe tener un tiempo de permanencia mayor a los cuatro años.

    • recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
    • a)
    • b)
    • c)
    • d)
    • e)
    • I.2. Admisión y citación
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • III.5.
    • III.6.1.
    • 1º
    • 2º
    • 3º
    • III.6.2.
    • III.7.
    • 2º   IMPROCEDENTE

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