SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1479/2005-R
Fecha: 22-Nov-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2004, (fs. 61 a 64 vta.) el recurrente por su representado asevera que en la asamblea general ordinaria convocada por la COMTECO Ltda. realizada el 13 de agosto de 2004, se propuso la postulación de Norman Jiménez -representado del recurrente- como candidato al Consejo de Vigilancia; sin embargo, los miembros del Comité Electoral ahora recurridos cuando emitieron el comunicado 02/04 de habilitación de candidatos procedieron a su depuración, habilitando, por el contrario, a los directores en ejercicio salientes, apoyándose en una supuesta modificación de los Estatutos de la cooperativa que se habría producido en la gestión 2003, que establecía como requisito para ser candidato la antigüedad de un año, que fue realizada en beneficio propio de los directores para que se vuelvan a postular por tercera oportunidad; restringiendo la participación del socio Norman Jiménez, por cuanto, se hizo una depuración arbitraria; en contravención a lo previsto en la Ley General de Sociedades y del Reglamento de elecciones y sin dar explicación alguna ni responder a sus solicitudes y requerimientos, lesionando su derecho de petición, reservándose para último momento la publicación de los depurados, habiendo dado posesión a los electos el mismo día de la elección, en la cual también renunciaron a sus cargos, sin dar lugar a que pueda reclamar o impugnar el resultado y procedimiento electoral.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- magistrado
- si bien queda claro que los jueces o miembros de los Tribunales de Amparo Constitucional y Hábeas Corpus, se regirán por las causales previstas por el art. 34 de la Ley 1836 para formular su excusa, no está expresamente normado qué Juez o Tribunal conocerá y resolverá el caso de la excusa formulada
- Fragmento 19
- APRUEBA